Ley REP en Chile: qué obliga a tu empresa y cómo cumplir sin multas
La Ley 20.920, conocida como Ley REP, cambió quién paga por los residuos en Chile. Si tu empresa fabrica, importa o da de baja productos y activos, hay obligaciones concretas que la Superintendencia del Medio Ambiente ya está fiscalizando.
Esta guía explica en qué consiste la ley, cuáles son los siete productos prioritarios al día de hoy, qué plazos están vigentes y qué pasa específicamente con la chatarra metálica, la maquinaria y las flotas industriales.

¿Qué es la Ley REP y en qué consiste la Ley 20.920?
La Ley REP es la Ley 20.920, publicada en Chile el 1 de junio de 2016, que establece la Responsabilidad Extendida del Productor. Obliga a quienes fabrican o importan productos prioritarios a financiar y organizar la recolección y valorización de sus residuos al final de la vida útil. La fiscaliza la Superintendencia del Medio Ambiente.
Productores e importadores
Quienes introducen un producto prioritario al mercado nacional. Financian y organizan la gestión de sus residuos, y deben inscribirse en el RETC.
Sistemas de gestión
Organizaciones sin fines de lucro, individuales o colectivas, autorizadas por el Ministerio del Medio Ambiente para cumplir las metas en nombre de los productores.
Gestores autorizados
Empresas que retiran, transportan y valorizan el residuo con las autorizaciones sanitarias vigentes. Son quienes emiten el certificado que acredita el cumplimiento.
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Los 7 productos prioritarios de la Ley REP en 2026
La Ley 20.920 nació en 2016 con seis productos prioritarios. En julio de 2025 el Ministerio del Medio Ambiente incorporó los textiles como el séptimo, mediante la Resolución Exenta N° 3.914. Cada producto avanza a su propio ritmo: algunos ya tienen decreto de metas plenamente vigente y otros siguen en tramitación.
Con decreto vigente
Neumáticos y envases y embalajes. Sus metas de recolección y valorización ya son exigibles y la SMA fiscaliza su cumplimiento.
En tramitación
Baterías, pilas, aceites lubricantes y aparatos eléctricos y electrónicos avanzan en distintas etapas de elaboración de sus decretos de metas.
Recién incorporado
Textiles. Aún sin decreto de metas, pero con obligación inmediata de inscribirse en el RETC y declarar los volúmenes introducidos al mercado.
Estado de cada producto prioritario
| Producto prioritario | Decreto de metas | Situación |
|---|---|---|
| Neumáticos | Publicado en enero de 2021 | Plenamente vigente desde enero de 2023 |
| Envases y embalajes | Publicado en marzo de 2021 | Plenamente vigente desde septiembre de 2023 |
| Baterías | Anteproyecto en consulta pública | En tramitación |
| Pilas | En elaboración | En tramitación |
| Aceites lubricantes | En elaboración | En tramitación |
| Aparatos eléctricos y electrónicos | En elaboración | En tramitación |
| Textiles | Sin decreto | Declarado producto prioritario en julio de 2025 |
Es el umbral anual de envases y embalajes que separa a los productores con obligaciones plenas de aquellos con obligaciones reducidas. Muchas empresas asumen que no les aplica y descubren lo contrario recién en la fiscalización.
Fuente: Decreto Supremo de Envases y Embalajes, Ministerio del Medio Ambiente
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Ley REP y chatarra industrial: qué aplica y qué no
Acá está la confusión más común. La chatarra metálica no es un producto prioritario de la Ley REP, pero eso no significa que puedas deshacerte de ella sin respaldo. Aplican otras obligaciones de declaración y trazabilidad, y son las que se revisan en una fiscalización.
Chatarra metálica
No es producto prioritario. Sí debe declararse como residuo no peligroso en SINADER y salir con un gestor que tenga resolución sanitaria vigente.
Maquinaria y equipos
Si contienen componentes eléctricos o electrónicos, esas partes sí quedan alcanzadas por la categoría de AEE. El resto se gestiona como chatarra.
Flota y vehículos
Neumáticos, baterías y aceites lubricantes de la flota sí son productos prioritarios. El chasis y la carrocería se gestionan como chatarra con certificado de destrucción.
Faenas mineras
Los excedentes metálicos requieren trazabilidad documentada desde la faena hasta la fundición. El certificado de destino final es lo que cierra el ciclo ante la autoridad.
Multas de la Ley REP: cuánto cuesta no cumplir
La Superintendencia del Medio Ambiente aplica el mismo régimen sancionatorio que usa para el resto de la normativa ambiental. Las sanciones se calculan en Unidades Tributarias Anuales y escalan según la gravedad de la infracción.
| Nivel de infracción | Sanción máxima | Consecuencia adicional |
|---|---|---|
| Leve | 1.000 UTA | Amonestación por escrito |
| Grave | 5.000 UTA | Revocación de la autorización de funcionamiento |
| Gravísima | 10.000 UTA | Clausura temporal o definitiva |
Error frecuente
Dar de baja flota o maquinaria con un receptor informal deja a la empresa sin certificado de destino final. Ante una fiscalización, el activo sigue figurando como existente y la responsabilidad ambiental no se extingue.
¿Tu empresa está obligada por la Ley REP? Revisa estos criterios
- Fabricas o importas alguno de los 7 productos prioritarios
- Introduces más de 300 kg anuales de envases y embalajes al mercado
- Aún no estás inscrito en el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes
- No perteneces a ningún sistema de gestión autorizado
- Das de baja maquinaria, flota o excedentes metálicos sin certificado de destino final
- No tienes registro de a quién entregaste tus residuos el último año
Si marcaste cualquiera de estos puntos, conviene revisar tu situación antes de que lo haga la SMA.

Preguntas frecuentes sobre la Ley REP
Es la ley que traslada la responsabilidad de la basura desde el consumidor hacia quien fabrica o importa el producto. Si una empresa pone un producto prioritario en el mercado chileno, debe hacerse cargo de financiar y organizar su recolección y reciclaje cuando se convierte en residuo.
Son siete: neumáticos, envases y embalajes, aceites lubricantes, pilas, baterías, aparatos eléctricos y electrónicos, y textiles. Los seis primeros vienen de la ley original de 2016. Los textiles se incorporaron en julio de 2025 mediante resolución del Ministerio del Medio Ambiente.
No como producto prioritario. La chatarra industrial se rige por las obligaciones generales de declaración de residuos no peligrosos en SINADER y por la exigencia de entregarla a un gestor con resolución sanitaria vigente. El certificado de destino final es el documento que acredita el cumplimiento.
La Superintendencia del Medio Ambiente sanciona según la gravedad: hasta 1.000 UTA por infracciones leves, hasta 5.000 UTA por graves y hasta 10.000 UTA por gravísimas, con posibilidad de clausura temporal o definitiva del establecimiento.
Con el certificado emitido por el gestor autorizado que recibió el residuo, más la declaración correspondiente en el sistema de trazabilidad del Ministerio del Medio Ambiente. Sin ese respaldo documental, no hay forma de demostrar cumplimiento ante una fiscalización.
La Ley 20.920 se publicó el 1 de junio de 2016, pero las obligaciones concretas dependen de cada decreto de metas. Neumáticos rige plenamente desde enero de 2023 y envases y embalajes desde septiembre de 2023. Los demás productos siguen en tramitación.
Fuentes consultadas
- Ministerio del Medio Ambiente — Ley 20.920 y Responsabilidad Extendida del Productor.
- Biblioteca del Congreso Nacional — Texto oficial de la Ley 20.920.
- Ministerio del Medio Ambiente — Resolución Exenta N° 3.914 de 2025, textiles como producto prioritario.
- Superintendencia del Medio Ambiente — Régimen de fiscalización y sanciones.
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